Comprobantes fiscales conforme al artículo 29-A , fracción V, del Código fiscal de la federación (vigente en 2008 y 2012) : deben contener la descripción del servicio, lo que no implica que sus pormenores puedan constar en un documento distinto para determinar qué integra el servicio o uso o goce que amparan
Publisher
Rodrigo Maturano Lucero
Date Issued
2019
Author(s)
Maturano Lucero, Rodrigo
Advisor(s)
Río Galindo, Ivonne del
Type
Resource Types::text::thesis::master thesis
Abstract
En el presente estudio, se analizan diversas interpretaciones y puntos de vista de la hipótesis contenida en la fracción V, del artículo 29-A, del Código Fiscal de la Federación vigente en los años de 2008 y 2012, conforme a la cual, los comprobantes fiscales y los comprobantes fiscales digitales, respectivamente, deben contener, entre otros, el requisito relativo a la “descripción del servicio o uso goce que amparen”, elemento éste que dichos años se estimó que también permitía fortalecer los mecanismos de comprobación fiscal entonces existentes
License
Acceso Abierto
How to cite
Maturano Lucero, R. (2019). Comprobantes fiscales conforme al artículo 29-A , fracción V, del Código fiscal de la federación (vigente en 2008 y 2012) : deben contener la descripción del servicio, lo que no implica que sus pormenores puedan constar en un documento distinto para determinar qué integra el servicio o uso o goce que amparan. (Tesis de maestría). Universidad Panamericana.
Table of contents
Introducción -- CAPÍTULO I. Aspectos relevantes del marco jurídico aplicable a la emisión de comprobantes fiscales en el ejercicio fiscal de 2008 -- I.1. Requisitos para la expedición de comprobantes fiscales en 2008 -- I.2. Otros documentos que sirven como comprobantes fiscales -- I.3. Comprobantes simplificados (No acreditables ni deducibles) -- I.3.1. Requisitos de los comprobantes simplificados -- I.4. Caso en que no existe obligación de señalar en el comprobante el lugar de su expedición -- I.5. Infracciones y sanciones -- CAPÍTULO II. Régimen jurídico aplicable a la emisión de comprobantes Fiscales en el ejercicio fiscal de 2012 -- II.1. Comprobantes fiscales para el ejercicio fiscal de 2012 -- II.2. Antecedentes relativos a la emisión de comprobantes fiscales digitales -- II.2.1. Requisitos para la expedición de comprobantes fiscales digitales -- II.2.2. Obligaciones para contribuyentes que expidieran comprobantes fiscales digitales -- II.2.2.1. Otras obligaciones para contribuyentes que expiden comprobantes fiscales digitales -- II.2.2.1.1. Proveedores de certificación de comprobantes fiscales digitales -- II.2.2.1.2. Infracciones y sanciones -- II.2.2.2. Obligaciones para personas que adquieran bienes, disfruten de su uso o goce o
usen servicios -- II.2.3.Impresión de comprobantes fiscales digitales por medios propios -- II.2.4.Delitos relacionados con los comprobantes fiscales digitales y dispositivos de seguridad -- II.2.5.Comprobantes fiscales en papel -- II.2.5.1.Requisitos de los comprobantes fiscales impresos por medios propios o a través de terceros tratándose de operaciones cuyo monto no exceda de $2,000.00 -- II.2.5.2. Obligaciones para los contribuyentes que emitan sus comprobantes fiscales en forma impresa por medios propios o a través de terceros -- II.2.5.2.1. Infracciones y sanciones -- II.2.5.3. Obligaciones para los contribuyentes que adquieran bienes, disfruten de su uso o goce o usen servicios de un contribuyente respecto de las operaciones cuyo monto no exceda de $2,000.00 -- II.2.5.4. Obligaciones para los proveedores de dispositivos de seguridad -- II.2.5.4.1 Infracciones y sanciones -- II.2.5.5. Delitos relacionados con los dispositivos de seguridad -- II.2.6. Estados de cuenta como comprobantes fiscales --- II.2.7. Presunción de certeza de los datos contenidos en comprobantes fiscales digitales -- II.2.8. Reserva de datos e informes -- II.3. Elementos característicos relativos a la expedición de comprobantes fiscales digitales para el ejercicio fiscal de 2012 -- II.3.1.Comprobantes digitales en forma impresa -- II.3.2.Comprobantes fiscales simplificados -- CAPÍTULO III. Elementos característicos de la Contradicción de Tesis 232/2017 que dieron lugar al criterio contenido en la Tesis de Jurisprudencia 2a./J. 161/2017 (10a.) -- III.1. Análisis de la Tesis de Jurisprudencia 2a./J. 161/2017 (10a.), atendiendo al derecho fundamental de igualdad y el principio de equidad tributaria -- III.2. Análisis de la Tesis de Jurisprudencia 2a./J. 161/2017 (10a.), atendiendo al ejercicio de facultades discrecionales de la autoridad -- III.3. Análisis de la Tesis de Jurisprudencia 2a./J. 161/2017 (10a.), atendiendo a los principios de comodidad tributaria, de economía en la recaudación y de eficiencia del sistema tributario -- CAPÍTULO IV. Análisis del criterio contenido en la Contradicción de Tesis 232/2017, del que derivó la Tesis de Jurisprudencia 2a./J. 161/2017 (10a.), a la luz del derecho fundamental de igualdad y del principio de equidad tributaria -- IV.1. El derecho fundamental de igualdad -- IV.2. El principio de equidad -- IV.3. Posible transgresión del derecho fundamental y del principio de equidad -- CAPÍTULO V. Análisis del criterio contenido en la Contradicción de Tesis 232/2017, del que derivó la
Tesis de Jurisprudencia 2a./J. 161/2017 (10a.), atendiendo al ejercicio de facultades discrecionales de la autoridad -- V.1. Las facultades discrecionales -- V.2. Las facultades de comprobación en materia fiscal -- V.2.1. La visita domiciliaria -- V.2.2.La revisión de escritorio o gabinete --- V.3. La descripción del servicio o del uso o goce que amparen, constituye un criterio subjetivo -- V.4. La presunción de certeza de información contenida en los comprobantes fiscales -- V.5. La eficacia de documentos en que se contenga detalladamente la descripción del servicio del uso o goce que amparen -- CAPÍTULO VI. Análisis del criterio contenido en la Contradicción de Tesis 232/2017, del que derivó la Tesis de Jurisprudencia 2a./J. 161/2017 (10a.), a la luz de los principios de comodidad tributaria, de economía en la recaudación y de eficiencia del sistema tributario -- VI.1. El principio de comodidad tributaria -- VI.2. El principio de economía en la recaudación -- VI.3. El principio de eficiencia -- VI.4. Complejidad del cumplimiento de obligaciones fiscales en la expedición de comprobantes fiscales -- Conclusiones
usen servicios -- II.2.3.Impresión de comprobantes fiscales digitales por medios propios -- II.2.4.Delitos relacionados con los comprobantes fiscales digitales y dispositivos de seguridad -- II.2.5.Comprobantes fiscales en papel -- II.2.5.1.Requisitos de los comprobantes fiscales impresos por medios propios o a través de terceros tratándose de operaciones cuyo monto no exceda de $2,000.00 -- II.2.5.2. Obligaciones para los contribuyentes que emitan sus comprobantes fiscales en forma impresa por medios propios o a través de terceros -- II.2.5.2.1. Infracciones y sanciones -- II.2.5.3. Obligaciones para los contribuyentes que adquieran bienes, disfruten de su uso o goce o usen servicios de un contribuyente respecto de las operaciones cuyo monto no exceda de $2,000.00 -- II.2.5.4. Obligaciones para los proveedores de dispositivos de seguridad -- II.2.5.4.1 Infracciones y sanciones -- II.2.5.5. Delitos relacionados con los dispositivos de seguridad -- II.2.6. Estados de cuenta como comprobantes fiscales --- II.2.7. Presunción de certeza de los datos contenidos en comprobantes fiscales digitales -- II.2.8. Reserva de datos e informes -- II.3. Elementos característicos relativos a la expedición de comprobantes fiscales digitales para el ejercicio fiscal de 2012 -- II.3.1.Comprobantes digitales en forma impresa -- II.3.2.Comprobantes fiscales simplificados -- CAPÍTULO III. Elementos característicos de la Contradicción de Tesis 232/2017 que dieron lugar al criterio contenido en la Tesis de Jurisprudencia 2a./J. 161/2017 (10a.) -- III.1. Análisis de la Tesis de Jurisprudencia 2a./J. 161/2017 (10a.), atendiendo al derecho fundamental de igualdad y el principio de equidad tributaria -- III.2. Análisis de la Tesis de Jurisprudencia 2a./J. 161/2017 (10a.), atendiendo al ejercicio de facultades discrecionales de la autoridad -- III.3. Análisis de la Tesis de Jurisprudencia 2a./J. 161/2017 (10a.), atendiendo a los principios de comodidad tributaria, de economía en la recaudación y de eficiencia del sistema tributario -- CAPÍTULO IV. Análisis del criterio contenido en la Contradicción de Tesis 232/2017, del que derivó la Tesis de Jurisprudencia 2a./J. 161/2017 (10a.), a la luz del derecho fundamental de igualdad y del principio de equidad tributaria -- IV.1. El derecho fundamental de igualdad -- IV.2. El principio de equidad -- IV.3. Posible transgresión del derecho fundamental y del principio de equidad -- CAPÍTULO V. Análisis del criterio contenido en la Contradicción de Tesis 232/2017, del que derivó la
Tesis de Jurisprudencia 2a./J. 161/2017 (10a.), atendiendo al ejercicio de facultades discrecionales de la autoridad -- V.1. Las facultades discrecionales -- V.2. Las facultades de comprobación en materia fiscal -- V.2.1. La visita domiciliaria -- V.2.2.La revisión de escritorio o gabinete --- V.3. La descripción del servicio o del uso o goce que amparen, constituye un criterio subjetivo -- V.4. La presunción de certeza de información contenida en los comprobantes fiscales -- V.5. La eficacia de documentos en que se contenga detalladamente la descripción del servicio del uso o goce que amparen -- CAPÍTULO VI. Análisis del criterio contenido en la Contradicción de Tesis 232/2017, del que derivó la Tesis de Jurisprudencia 2a./J. 161/2017 (10a.), a la luz de los principios de comodidad tributaria, de economía en la recaudación y de eficiencia del sistema tributario -- VI.1. El principio de comodidad tributaria -- VI.2. El principio de economía en la recaudación -- VI.3. El principio de eficiencia -- VI.4. Complejidad del cumplimiento de obligaciones fiscales en la expedición de comprobantes fiscales -- Conclusiones
