Campus Ciudad de MéxicoPeraza Zazueta, Carlos EduardoCarlos EduardoPeraza Zazueta2023-11-182023-11-182006https://scripta.up.edu.mx/handle/20.500.12552/7914El orden jurídico regula el actuar de los hombres y la forma en que se relacionan con sus semejantes. En algunos casos los individuos convienen dichas relaciones y sus alcances, como sucede en la esfera contractual; en muchos otros supuestos los hombres actúan sin prever las consecuencias de sus actos, para lo cual el orden jurídico establece normas que suplen esa carencia. La responsabilidad civil se sustenta en la obligación que todo hombre tiene de reparar el daño causado. Este daño puede proceder de una obligación pactada previamente en un contrato como es el caso de la compraventa o del arrendamiento, o puede proceder de una causa fuera de todo pacto entre partes y atender a las normas establecidas por el orden jurídico, como es el caso de la muerte de un paciente por una atención médica negligente o el choque entre dos vehículos.CIENCIAS SOCIALESDaño moralDerechoEvolución, prueba y cuantía del daño moral en el Distrito FederalResource Types::text::thesis::master thesis