Adame, JorgeJorgeAdame2023-11-082023-11-082015R0053326https://scripta.up.edu.mx/handle/20.500.12552/6271Se analiza el alcance del artículo 27 constitucional que regula la propiedad de la Nación sobre tierras, aguas y recursos naturales. Primeramente, se desentraña el sentido de "propiedad originaria" regulado en el mencionado artículo, para determinar la propiedad originaria de la Nación sobre las tierras que componen el territorio nacional, y posteriormente, la propiedad originaria de la nación sobre las aguas comprendidas en el territorio nacional. Lo anterior, con el propósito de aclarar si el patrimonio de la Nación es distinto del patrimonio de los poderes federales señalado en el artículo 132 constitucional, que implicaría distinguir el patrimonio de los estados federados del patrimonio de los gobiernos locales, y el patrimonio de los municipios del patrimonio de los ayuntamientos. ©2015 Facultad de Derecho, Universidad Panamericana.The reach of article 27 is analyzed constitutionalist who regulates the property of the Nation on natural earth, waters and resources. Firstly, the sense of “regulated original property" in the mentioned article is unraveled, to determine the original property of the Nation on the earth that compose the national territory, and later the original property of the nation on waters included in the national territory. The previous thing. in order to dissipate if the patrimony of the Nation is different [rom the patrimony of the federal powers, indicated in article 132 constitutionalist, that it would imply to distinguish the patrimony of the federal states of the patrimony of the local governments. and the patrimony of the municipalities of the patrimony of the city councils. ©2015 Facultad de Derecho, Universidad Panamericana.Introducción -- La propiedad originaria de la Nación sobre las tierras -- La propiedad originaria de la Nación sobre las aguas -- Conclusiones.La propiedad originaria de la Nación sobre las tierras y las aguasResource Types::text::Non-primary product