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    La limitación global de las deducciones personales en el impuesto sobre la renta, ¿Respeta el derecho al mínimo vital?
    (Fanuel Martínez López, 2018)
    Martínez López, Fanuel
    ;
    Casanovas Esquivel, Juan Antonio
    En ejercicio de su poder tributario, el Estado puede gravar cualquier movimiento o fuente de riqueza. Sin embargo, ese poder se encuentra limitado por los derechos constitucionalmente protegidos en favor de las personas y, concretamente, por el derecho al mínimo vital. Para respetar ese derecho en el impuesto sobre la renta, un segmento de los ingresos percibidos debe quedar libre de gravamen para que el individuo –y su familia– pueda utilizarlos en la satisfacción de sus requerimientos básicos de subsistencia. En tanto ese mínimo existencial se vea disminuido o restringido, la medida empleada por el legislador resultará violatoria del referido derecho, tal como ocurre en el caso de la limitante global a las deducciones personales instaurada a partir del ejercicio fiscal de 2014.
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