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La seguridad jurídica en el impuesto general de importación : caso del artículo 78-A de la Ley aduanera

2017 , Espinosa Berecochea, Carlos , CARLOS ESPINOSA BERECOCHEA;413861 , Bolaños Vital, Raúl

El importador requiere tener seguridad jurídica en la determinación del valor en aduanas de las mercancías, ya que es un elemento esencial del impuesto general de importación (base gravable) y que en caso de que la autoridad aduanera lo rechace, se apegue a la normas aplicables al caso para tal efecto, como en la especie es el Código de Valoración Aduanera del GATT 94, hoy OMC. No obstante, nuestra legislación aduanera contiene disposiciones que contrarían las normas emanadas del GATT, que fueron en su oportunidad suscritas y ratificadas con las formalidades de ley, razón por la cual, la legislación interna contraria lo dispuesto por un tratado internacional plenamente válido, situación que es claramente atentatoria a la debida seguridad jurídica.

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Exceso en la facultad legislativa del ejecutivo federal en materia de comercio exterior e inconstitucionalidad de la cuota compensatoria

1993 , Espinosa Berecochea, Carlos , Díaz de Rivera Alvarez, Guillermo Gerardo

Nos enfrentamos como país, ante el reto que representa la globalización en el ámbito del comercio internacional. Día a día, las relaciones comerciales bolaterales y multilaterales cobran mayor fuerza y toman los espacios creados por los acuerdos adoptados por los jefes de estado de las naciones en este sentido. El caso de México no puede ser la excepción a este movimiento internacional y toma su más reciente antecedente en cuanto comercio exterior, en le adhesión al Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) y actualmente la firma del Tratado de Libre Comercio de Norte América, del cual únicamente queda pendiente la ratificación por los órganos legislativos de México, Canadá y Estados Unidos.