2020,
Batista Jiménez, Fernando,
Soberanes-Díez, José-María,
Campus Ciudad de México
La noción dignidad humana se encuentra presente en gran parte de las constituciones democráticas del mundo y representa un lugar común en las resoluciones jurisdiccionales contemporáneas relacionadas con los derechos humanos. Sin embargo, no parece haber consenso a nivel nacional e internacional respecto de la condición normativa de esta noción cada vez más recurrida por políticos, legisladores, jueces, académicos y medios de comunicación.Con este trabajo, sometido a consideración de tan honorable Tribunal, se pretende delimitar la condición normativa de la dignidad humana en el orden jurídico mexicano.Se trata de un análisis que no aspira a la conceptualización de la noción de mérito desde el plano filosófico y antropológico, sino que se parte de la constitucionalización histórica del concepto dignidad, que no puede desvincularse de la constitucionalización de los derechos humanos.De acuerdo con este esquema, el punto de partida de la investigación es, por tanto, la incorporación de los derechos humanos en las Declaraciones de derechos en los Estados Unidos de América, a partir de 1776, donde si bien no se hace referencia explícita a la noción dignidad humana, sí se reconoce que los derechos son inherentes a ésta.Se analiza, además, el entorno histórico-político que dio origen a la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789, en Francia.