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Obligatoriedad del dividendo preferente en las acciones sin derecho de voto en México

2021 , León-Tovar, Soyla H.

El objetivo de este trabajo es analizar las acciones sin derecho de voto autorizadas por la Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM) para determinar, ante el silencio de la ley, si el derecho al dividendo preferente es o no consubstancial a la acción. Para ello, se utilizan los métodos inductivo, deductivo y bibliográfico y se estudian las acciones de voto limitado a las que la LGSM sí confieren ese derecho. El resultado es que, de acuerdo con la doctrina y diversas normas de la LGSM, el dividendo preferente es una compensación por la privación del voto, por lo que, conforme los principios de igualdad y mayoría de razón, las acciones sin derecho de voto, deben conferir cuando menos la misma compensación económica prevista para las acciones de voto limitado, a menos que haya renuncia o disposición gratuita expresa del accionista.

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Paridad de género obligatoria en los consejos de administración de las sociedades anónimas y de responsabilidad limitada mexicanas

2021 , León-Tovar, Soyla H.

Aunque nuestro país ha adoptado una política decidida hacia la participa-ción igualitaria de la mujer en las actividades políticas, educativas, de salud y económicas, impulsada por instituciones como la Organización de Naciones Unidas (ONU Mujeres), la Organización Internacional de Trabajo (OIT), la Comisión Europea (CE), la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y otras organizaciones sociales; ni la Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM) ni la Ley del Mercado de Valores (LMV) han sido reformadas para exigir participación femenina en los consejos de administración (CA) de las sociedades mercantiles, aunque hubo una iniciativa de reforma que no prosperó y subsiste una segunda presentada en marzo de 2019 únicamente para las sociedades anóni-mas bursátiles (en adelante SAB o cotizadas). La ausencia de cuotas de paridad en los CA ha-ce lastimoso y tortuoso el proceso natural de inserción de la mujer en la toma de las decisio-nes fundamentales de las empresas y el ejercicio y disfrute efectivo de sus derechos humanos de igualdad de oportunidades, que, según el informe de Davos (Foro Económico Mundial, en adelante FEM 2018, VIII), requerirá cuando menos de 60 años para el cierre de la bre-cha global de género en México.

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Las clases de acciones de la sociedad anónima y los derechos del accionista

2017 , León-Tovar, Soyla H.

Analiza los derechos de los accionistas, las clases de acciones y además propone una nueva clasificación de estas y de los derechos. Destaca los derechos instrumentales, los derechos mínimos fundamentales y los derechos disponibles. La sociedad anónima (S.A.) sujeta a un cúmulo de normas imperativas y prohibitivas, en la que no se exige un capital social mínimo legal, se privilegian las normas permisivas y prevalece la autonomía de la voluntad de los socios para modificar, ampliar, suspender, restringir o suprimir los derechos del accionista. En este libro te contamos todo.

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Asambleas generales de socios y accionistas de sociedades mercantiles y civiles

2023 , León-Tovar, Soyla H.

La asamblea general de socios es el órgano supremo de las sociedades civiles y mercantiles en México y otros países; está dotada de diversas funciones y competencias sobre la estructura y funcionamiento de la sociedad que permiten a los socios tener injerencia y control en la gestión social, aunque no deciden sobre los actos, contratos y operaciones de la empresa que son encomendados por ley al órgano de administración. El funcionamiento de la asamblea y la eficacia de sus decisiones dependen del cumplimiento de un cúmulo de requisitos, formas y formalidades, muchos de los cuales son imperativos o de orden público societario y son analizados en esta obra. El libro ofrece un análisis legal, doctrinal y jurisprudencial de los aspectos más relevantes de la asamblea general de socios: sus clases, convocatorias, sesiones, asistencia, votos, acuerdos, minutas o actas y sus formalidades; así como los problemas más recurrentes como el abuso de mayoría y minoría, el apalancamiento, encerramiento o reforzamiento de voto, la unanimidad, el empate, el bloqueo y el desbloqueo. Se incluye también una referencia a la oposición de los acuerdos, la nulidad de las sesiones de asamblea, de los acuerdos y de las convocatorias, y las acciones colectivas, para concluir con un listado de algunos de los errores más comunes en la práctica de las convocatorias y las asambleas.