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    Item type:Publication,
    Responsabilidades administrativas de los servidores públicos : análisis de la reforma constitucional al artículo 73, fracción xxix-h
    (2010)
    Orrico Gálvez, Alejandro
    ;
    ALEJANDRO ORRICO GALVEZ;407634
    ;
    Bejar, Luis
    El régimen de responsabilidades administrativas de los servidores público surgió en nuestro país mediante decreto publicado en el DOF el día 28 de diciembre de 1982, por el que se reformó el título IV de la CPEUM, siendo este régimen un medio de control interno de las actividades de las personas que desempeñan algún empleo, cargo o comisión en el gobierno, el cual tiene la finalidad de que éstos se conduzcan con apego a los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficacia. Atendiendo a las exigencias de nuestros días, el régimen de responsabilidades administrativas ha sido objeto de diversas modificaciones tanto en su base constitucional como legal, las cuales han permitido su perfeccionamiento y por tanto han conllevado mejores resultados en la materia.
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    Item type:Publication,
    La inconstitucionalidad del artículo 79 párrafo segundo de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo y su propuesta de reforma
    (2012)
    Rangel Galicia, David
    ;
    Alvarado Esquivel, Miguel de Jesús
    ;
    Campus Ciudad de México
    La función jurisdiccional realizada por los Magistrados del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa debe estar protegida bajo dos principios fundamentales: la garantía de audiencia y la autonomía del juzgador. El artículo 79 párrafo segundo de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, resulta inconstitucional, al violarse la garantía de audiencia y concretamente la garantía específica de cumplir con las formalidades procesales esenciales previsto en el artículo 14 párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; asimismo se incumple con el principio de la autonomía del juzgador previsto en el artículo 17 párrafo tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se propone derogar el procedimiento de sanción; y reformar la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, así como a la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa para que se establezca un recurso en contra de las resoluciones de las salas violatorias de la jurisprudencia del propio Tribunal.
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    Procedimiento administrativo sancionador tributario
    (2013)
    Villanueva Ochoa, Elías
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    Lozano-Díez, José Antonio
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    Campus Ciudad de México
    Se analizan los principios del derecho administrativo sancionador y su aplicabilidad en el derecho tributario, a fin de justificar la incorporación de las medidas siguientes en el derecho mexicano: a) Derecho a no declarar contra sí mismo, principio reconocido por el Tribunal Europeo de los Derechos Humanos, el cual consiste en que en el procedimiento administrativo de gestión e inspección, el contribuyente válidamente puede abstenerse de proporcionar al fisco, información y documentación que le pueda perjudicar o ser usada en algún procedimiento sancionador, y c) Prohibición de seguir los procedimientos sancionadores administrativo y penal, de manera autónoma y simultánea, a fin de no incurrir en violación al principio jurídico non bis in idem (no dos veces lo mismo).
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    La interpretación de las normas que regulan la suspensión y las medidas cautelares en el proceso contencioso administrativo federal mexicano
    (2013)
    Domínguez Jiménez, Adriana
    ;
    Esquivel Vázquez, Gustavo Arturo
    ;
    Campus Ciudad de México
    Las medidas cautelares y la suspensión relativas a los actos o resoluciones administrativos definitivos y acuerdos o decretos de carácter general impugnables e impugnados en el juicio contencioso administrativo federal mexicano ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, que pueden decretarse en las vías tradicional, sumaria y en línea, a la luz de los criterios y jurisprudencias del Poder Judicial de la Federación, considerando las reformas constitucionales de 2011 en materia de derechos humanos y amparo y la nueva Ley de Amparo vigente a partir de abril de 2013, con especial referencia a su clasificación, a sus elementos propios [instrumentalidad, urgencia, provisionalidad, variabilidad, extinción ipso iure, independencia de la acción principal y precio de la rapidez] a los presupuestos o requisitos sine qua non para su concesión [como la no afectación al interés público y el peligro en la demora periculum in mora] y a los criterios complementarios para los mismos efectos [como la apariencia del buen derecho fumus bonis iuris y que el acto administrativo no se haya consumado de manera irreparable ni se causen daños mayores por no decretar la medida cuatelar].
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    Item type:Publication,
    El incumplimiento de una sentencia dictada dentro de un juicio contencioso administrativo federal como negativa ficta
    (2012)
    Hazar Navarro, Alfonso Gibrán
    ;
    Espinosa Berecochea, Carlos
    ;
    Campus Ciudad de México
    Esta tesis pretende demostrar que tratándose de sentencias definitivas dictadas en un juicio contencioso administrativo federal, sustanciado ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el incumplimiento a lo resuelto en dichas sentencias, no constituye únicamente materia de una queja en términos de lo dispuesto por el artículo 58, fracción II de de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, sino que también configura una resolución negativa ficta que en sí misma resulta impugnable.
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    La doble función del procedimiento administrativo disciplinario en el marco normativo mexicano
    (2014)
    Canchola Rivera, Marks Banacek
    ;
    Bejar, Luis
    ;
    Campus Ciudad de México
    El presente trabajo contempla la trasformación del procedimiento administrativo disciplinario de un control interno cuya finalidad es garantizar y preservar de forma eficiente el servicio público a un mero buzón de sugerencias. Lo anterior, ya que con frecuencia la administración pública, la cual tiene la obligación de proteger los intereses generales, es la primera que no cumple con su obligación, por lo que aquellos afectados están inermes frente a la relación “binomio Administrador-infractor”, sin poder intervenir en dicho procedimiento, y aquella (la administración pública) que por definición los representa no va a auto-sancionarse, esto es, hace a un lado los intereses generales para satisfacer intereses propios.
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    Análisis constitucional del proceso de lesividad en México
    (2012)
    Fraga Jiménez, Roberto
    ;
    Bejar, Luis
    ;
    Campus Ciudad de México
    El presente trabajo de investigación tiene por objeto realizar un examen integral del juicio de lesividad, a fin de conocer su operatividad dentro del sistema de justicia administrativa mexicana; lo anterior, con el propósito toral de advertir las deficiencias que presenta, en específico, la relativa a la diferencia excesiva que existe entre los plazos con que cuentan los particulares y las autoridades para ejercitar, respectivamente, la acción de nulidad; de lo que se arriba a la conclusión de que el aludido plazo es contrario al principio de igualdad procesal establecido en el artículo 13 de la Constitución Federal y, por ende, resulta inconstitucional.
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    Item type:Publication,
    La notificación del acto administrativo efectuada a través de medios electrónicos : análisis sobre los elementos de carácter jurídico y técnico que debe contener la notificación del acto administrativo efectuada a través de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología al amparo de la legislación federal vigente en México, sus implicaciones y consecuencias
    (2010)
    Alamilla Ramos, Eira Guadalupe
    ;
    Béjar, Luis
    ;
    Campus Ciudad de México
    Los avances de la tecnología en los últimos años han hecho posible realizar un gran número de actividades mediante la utilización de redes informáticas. La comunicación electrónica y la transferencia de mensajes de datos, principalmente, permiten que la gestión pública se realice en forma eficiente, con una oportunidad sin precedentes para simplificar trámites y generar un ahorro significativo de recursos humanos y materiales. En ese sentido, la implementación de medios electrónicos significa una oportunidad de la Administración Pública Federal para agilizar y hacer más eficiente la gestión administrativa. Por tales motivos la hipótesis que se pretende demostrar con la presente investigación consiste en ¿Es posible realizar la notificación del acto administrativo a través de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología, al amparo de un marco jurídico que brinde suficiente seguridad y certeza jurídicas, tanto a los gobernados como a la propia autoridad? Al efecto, procuraremos atender tal suposición a partir del análisis y estudio de los elementos de carácter técnico y jurídico que debe cumplir la notificación cuando es efectuada a través de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología, para ser considerada existente, valida y eficaz al amparo de la legislación federal en materia administrativa vigente en México.
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    Análisis del juicio contencioso administrativo federal en la vía sumaria
    (2012)
    Sarmiento Rubio, José Ivan
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    Martínez Rosaslanda, Sergio
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    Campus Ciudad de México
    El 10 de diciembre del 2010 se publicó en el Diario Oficial de la Federación un decreto por el que se incorporó a la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, el Juicio Contencioso Administrativo Federal en la Vía Sumaria. La reforma fue resultado de un proceso analítico en el que intervinieron los poderes Ejecutivo y Legislativo federales. El objetivo de la reforma fue mejorar y acelerar la impartición de la justicia administrativa por parte del Estado mediante la creación de una institución procesal eficaz e innovadora y así, reducir la carga de trabajo a cargo del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.
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    Item type:Publication,
    Procedimiento administrativo en materia aduanera
    (2012)
    Montesinos Solano, Brenda
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    Espinosa Berecochea, Carlos
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    Campus Ciudad de México
    La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional el artículo 152 de la Ley Aduanera vigente hasta el 27 de enero del 2012, por violación a la garantía de seguridad jurídica, al no establecer un plazo para que la autoridad aduanera notificara el acta de irregularidades, respecto de mercancías de difícil identificación objeto de un muestreo en el despacho aduanero; esta tesis pretende demostrar, por un lado, que la reforma sufrida por dicho precepto en esa fecha, al establecer un plazo de 6 meses para ello, no subsana el vicio atribuido, dada la necesidad de un procedimiento más ágil, y por otro lado, que el criterio jurisprudencial respectivo, no es aplicable a los demás procedimientos que regula el artículo en estudio ni cuando se comercialicen mercancías de fácil identificación.
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