El living will, no pasa de ser una serie de disposiciones sobre mi vida para el caso de que yo no pueda, darlas y por esto quizás el término más apropiado para designarlo sea el de "Disposiciones Vitales, pues pueden tomar la forma de un mandato, con la dificultad, en este caso, de que será un encargo que deberá cumplirse cuando el mandante no esté física o psíquicamente en posibilidades de hacerlo, y por tanto, lindando con una situación de incapacidad de mandante, si es que ya no se incurrió en ella.