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Facultad de iniciativa de ley o decreto de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
Date Issued
2010
Author(s)
Acosta Victoria, María Fernanda
Advisor(s)
Ferrer Mac-Gregor Poisot, Eduardo
Type
Resource Types::text::thesis::master thesis
Abstract
En un Estado Federal el equilibrio de los Poderes constituye un elemento de suma importancia para el fortalecimiento del Estado de derecho. El contrapeso de las funciones de los tres Poderes de la Unión en el sistema jurídico mexicano es trascendental para preservar los principios rectores del Estado Mexicano. Anteriormente, el Poder Judicial de la Federación se encontraba desplazado en las funciones que legal y constitucionalmente debía realizar, derivado de la desigualdad frente a los Poderes Legislativo y Ejecutivo. Hoy en día, según la literalidad de la Constitución, se considera al Poder Ejecutivo como Supremo Poder de la Unión, además de que cuenta con facultades legislativas, de las cuales carece el Poder Judicial. Con esta investigación se pretende robustecer la colaboración de poderes y reconocérsele, a nivel constitucional, a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, como cabeza del Poder Judicial, la facultad de iniciar leyes o decretos. Se buscará probar que esta facultad no implica una invasión competencial, por el contrario, se traduciría en la cooperación para la realización de las tareas conferidas a los Poderes de la Unión al hacer frente a las necesidades que la sociedad demanda. La visión jurídico-social que puede aportar la Suprema Corte de Justicia de la Nación a través de la facultad de iniciar leyes o decretos, enriquecería la tarea legislativa para construir un equilibrio de la división de Poderes y una mejor armonía en el sistema jurídico interno.
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Acceso Abierto
Table of contents
Introducción -- Capítulo I. Naturaleza jurídica y semblanza histórica de la iniciativa de ley en México -- Capítulo II. La facultad de iniciativa de ley en el derecho comparado de Iberoamérica -- Capítulo III. Iniciativa de ley como facultad de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en su calidad de la jurisdicción constitucional -- Conclusiones finales