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Protocolo electrónico : su implementación en la legislación mexicana visto desde el derecho administrativo
Date Issued
2017
Author(s)
Román Olaguibel, Atenas Alhelí
Advisor(s)
Reyes Krafft, Alfredo Alejandro
Type
Resource Types::text::thesis::master thesis
Abstract
El Derecho se ha ido transformando a través del tiempo, con él, evolucionan todos sus elementos y la interacción de éste con el individuo en cuanto a sus relaciones jurídicas. El objeto del Protocolo Electrónico es crear un protocolo en soporte electrónico y utilizar la firma electrónica avanzada, con la impresión digital del Notario Público, obteniendo los siguientes beneficios: (i) certeza jurídica (Identificación del usuario, integridad, no repudio, confidencialidad); (ii) disminución de costos por el manejo físico de documentos; (iii) disminución de costos a los derechohabientes, y (iv) el apoyo en la modernización de los Registro Públicos de la Propiedad en el cierre de los actos jurídicos en procesos electrónicos
License
Acceso Abierto
How to cite
Román Olaguibel, A. A. (2017). Protocolo electrónico : su implementación en la legislación mexicana visto desde el derecho administrativo. (Tesis de maestría). Facultad de Derecho. Universidad Panamericana.
Table of contents
Introducción -- Capítulo I: Antecedentes históricos del Notariado -- I.I. Egipto -- I.II. Grecia -- I.III. Roma -- I.IV. Edad Media -- Capítulo II: Notariado en México -- II.I. Antecedentes del Notario en México -- II.II. Función del Notario y su otorgamiento de la fe pública por parte del Estado -- II. III. Notariado Latino -- Capítulo III: Registros Públicos de la Propiedad y del Comercio -- III.I Naturaleza jurídica del Registro Público de la Propiedad y su relación con el Derecho Administrativo -- III.II Principales Sistemas Registrales y Sistema Registral Mexicano -- III.III Principios Registrales -- III.IV Modernización de los Registros Públicos de la Propiedad -- III.V Cancelación de hipoteca por medios electrónicos en el Infonavit: Colima y Morelos mediante Instrumento Privado -- III.VI Homologación de Registros Públicos de la Propiedad: Proyecto de Ley Modelo -- Capítulo IV: Firma Electrónica Avanzada -- IV.I Concepto -- IV. II Tipo de firma -- IV.II.I Autógrafa -- IV.II.II A ruego -- IV.II.III Facsimilar -- IV.II.IV Huella digital -- IV.II.V Firma biométrica -- IV.III Características: medio de prueba, identificación y vinculación con el autor -- IV.IV Antecedentes de la firma electrónica -- IV.V Firma electrónica -- IV.VI Tipos de firma electrónica -- IV.VI. I Simple -- IV.VI. II Avanzada y su concepto en el Código de Comercio (Art.89) -- IV.VI.III Autógrafa digitalizada en medio electrónico: principio de equivalencia funcional -- IV.VI.IV Firma electrónica avanzada -- IV.VII.I Ley Modelo UNCITRAL -- IV.VII.II Reforma del 29 de mayo de 2000 y 29 de agosto de 2003 al Código de Comercio -- IV.VIII Ley de Firma Electrónica Avanzada -- IV.IX Uso en materia administrativa -- IV.X Principios de la firma electrónica -- IV.X.I Neutralidad Tecnológica -- IV.X.II Equivalencia Funcional -- IV.X.III Compatibilidad Internacional -- IV.X.IV Autonomía de la Voluntad -- IV.XI Características de la firma electrónica avanzada -- IV.XI.I Atribución (efectos jurídicos) -- IV.XI.II Integridad -- IV.XI.III Accesibilidad -- IV.XI.IV No repudio -- IV.XII. El consentimiento -- IV.XII.I Formas del Consentimiento de acuerdo al Código Civil Federal y el Código Civil Para el Distrito Federal -- IV.XIII. Operación de la firma -- IV.XIII.I Certificados Digitales -- IV.XIII.II Autoridades y prestadores de servicios certificadores: objeto y características -- Capítulo V: Protocolo Notarial -- V.I Protocolo Notarial regulado por la Ley del Notariado del Distrito Federal -- V.II Protocolo Especial regulado por la Ley General de Bienes Nacionales -- V.III Protocolo del Corredor Público -- Capítulo VI: Protocolo Electrónico Notarial -- VI.I Antecedentes del protocolo electrónico: España y Honduras: regulación y operatividad -- VI.II Legislaciones en México que contemplan protocolo electrónico: Estado de México, Yucatán y Jalisco -- Capítulo VII: Conclusión y Propuestas.