En el presente trabajo se estudia la jurisprudencia 2ª./J.161/2017 (10ª.) emitida por la SCJN al resolver la contradicción de tesis 232/2017. La SCJN concluyó que para cumplir el requisito previsto por el artículo 29-A, fracción V del CFF, la descripción del servicio que ampare un comprobante fiscal debe constar en dicho comprobante; sin embargo, puede detallarse en documento distinto. En el presente trabajo se concluye que el referido criterio cumple con los principios de justicia fiscal, específicamente con los principios de legalidad tributaria, seguridad jurídica y proporcionalidad tributaria. No obstante, se considera que la SCJN pudo analizar el límite de las facultades de comprobación de la autoridad administrativa en relación con el cumplimiento de los requisitos de los comprobantes fiscales, en aras de lograr un criterio más completo y reducir el riesgo de que las autoridades fiscalizadoras actúen arbitrariamente
Jiménez Mendoza, C. (2019). Comprobantes fiscales a la luz de los principios de justicia fiscal. (Tesis de maestría). Universidad Panamericana.
Table of contents
I. Introducción -- I.1.Tópico Jurídico -- I.2. Análisis de hechos relevantes -- I.3. Detección de temas a analizar -- I.4. Propuesta de tesis sobre tópico -- II. Identificación de principios y reglas -- III. Análisis doctrinal -- III. 1.Derecho Fiscal -- III. 2. Legalidad Tributaria -- III. 3 Seguridad Jurídica -- III. 4.Proporcionalidad Tributaria -- III. 5.Interdicción de la Arbitrariedad -- III. 6.Facultad discrecional en materia administrativa -- III. 7.Desvío de poder -- III. 8.Artículo 29-A, fracción V del Código Fiscal de la Federación -- III. 8.a). Exposición de motivos -- III. 8.b). Interpretación -- IV. Análisis de la sentencia -- IV. 1.¿Cómo se cumple el requisito previsto por el artículo 29-A, fracción V del Código Fiscal de la Federación? -- IV. 2. ¿La descripción del servicio puede detallarse en un documento distinto al comprobante fiscal? -- IV. 3. Comprobantes fiscales y medios de convicción -- IV. 4.Facultades de comprobación -- IV. 5.Otras consideraciones -- V. Conclusiones