Resumiendo, la reforma concede derecho a los trabajadres que huebieren recibido crédito del Instituto y dejen de percibir ingresos salariales, a obtener prórrogas en los pagos de las amortizaciones de duración no mayor a doce meses cada una, ni exceder en su conjunto de veinticuatro meses, siendo que el texto legal vigente solo se contempla la posibilidad de una prórroga con plazo máximo de doce meses.