Inconstitucionalidad del embargo de bienes para hacer efectivo el pago de las aportaciones de seguridad social
Date Issued
2012
Author(s)
Carbajal Domínguez, Francisco Arturo
Advisor(s)
Acuña, Juan Manuel
Type
Resource Types::text::thesis::master thesis
Abstract
En el presente trabajo, se abordará el estudio del principio doctrinario de no confiscatoriedad que establece el artículo 22 de nuestra Carta Magna, para efectos de determinar si el cobro coactivo en vía de embargo de bienes para hacer efectivo el pago de las aportaciones de seguridad social es contrario a dicho principio. Para llegar a esa conclusión, en el presente trabajo se analizará, desde un punto de vista jurídico, la naturaleza de las aportaciones de seguridad social, para así, poder establecer si las mismas constituyen un impuesto y, por ende, si su cobro coactivo a través del embargo de bienes se considera una confiscación de bienes, prohibida por el principio de no confiscatoriedad previsto en el artículo 22 de la Constitución Federal.
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License
Acceso Abierto
Table of contents
I. Definición de contribución. -- II. Clasificación de las contribuciones adoptada por el Código Fiscal de la Federación. -- II.1. Impuestos. -- II.2. Aportaciones de seguridad social. 6
II.3. Contribuciones de mejoras. -- II.4. Derechos. -- III. Principio de no confiscatoriedad. -- IV. Conclusiones. -- V. Propuesta
II.3. Contribuciones de mejoras. -- II.4. Derechos. -- III. Principio de no confiscatoriedad. -- IV. Conclusiones. -- V. Propuesta
