El diez de junio de dos mil once, se publicó en el Diario Oficial de la Federación importante reforma constitucional en materia de derechos humanos con el propósito de armonizar el marco constitucional mexicano con el Derecho internacional en esa materia (derechos humanos). Dicha reforma marcó la apertura del Derecho interno al contenido de los tratados internacionales respecto de ese tema, incorporando en el artículo primero de la Carta Magna, los principios, pautas normativas y obligaciones que, en el ámbito internacional, tienen las autoridades del Estado frente a los derechos de las
personas; en consecuencia, se otorgó rango constitucional a los derechos reconocidos en los instrumentos internacionales de los que el Estado mexicano es parte. Un factor determinante para la efectividad de esta reforma es que tanto las personas como los operadores jurídicos tengan conocimiento claro de estas normas, internas e internacionales que fijan el contenido y alcance de los derechos fundamentales o humanos. Ahora, el que suscribe, considera que concretamente en el ámbito de juzgador, dicha reforma impactó considerablemente en la manera de emitir
sentencias, ya que transformó desde la configuración hasta la redacción de los fallos. De ahí el interés por elaborar este proyecto en el que se propone un panorama general sobre esa transformación en las resoluciones jurisdiccionales, es decir, el impacto sufrido en esos fallos con la reforma sobre los derechos humanos y el sistema interamericano para su protección, con el fin de exponer criterios que permitan comprende mejor el cambio a que están sometidos los operadores jurídicos.