En el presente trabajo se analizan las reglas de capitalización delgada o insuficiente que contiene la Ley del Impuesto sobre la Renta en vigor, a la luz del principio de no discriminación indirecta contenido en los tratados celebrados por nuestro País para evitar la doble tributación, pues no se permite la deducibilidad de los intereses provenientes de las deudas otorgadas por partes relacionadas cuando excedan del triple de su capital contable, en la medida de que dichas deudas sean otorgadas por partes relacionadas residentes en el extranjero.