En México un aspecto que cada vez resulta más común es la presencia fiscal, ello de la necesidad de obtener suficientes .recursos para que el Estado satisfaga sus necesidades y funciones, y en consecuencia de la obligación de los mexicanos a contribuir al gasto público; evitando así que los contribuyentes evadan o eludan sus obligaciones fiscales, que en ocasiones más que ser presencia fiscal, resulta ser una intimidación fiscal. Ahora bien, cuando no se da cabal y debido cumplimiento a las disposiciones fiscales se está ante el ilícito tributario, es decir al incumplirse la obligación fiscal estaremos ante una infracción fiscal, que en estricto sentido podrá ser una infracción propiamente dicha prevista en el ámbito administrativo, o ante un delito estando en el ámbito penal, que en éste último caso a pesar de no ser novedoso, no se aplicaba de manera usual como ahora, o bien, se podrá estar en ambos ámbitos ante una infracción y un delito.