CRIS
Permanent URI for this communityhttps://scripta.up.edu.mx/handle/20.500.12552/1
Browse
8 results
Search Results
Now showing 1 - 8 of 8
- Some of the metrics are blocked by yourconsent settings
Item type:Publication, Derecho y sanción. La noción de castigo jurídico en Kant y en Hegel(Universidad Panamericana. Facultad de Filosofía, 2018)En este artículo realizo una comparación de las teorías del castigo legal en la filosofía del derecho de Kant y de Hegel. La tesis que busco defender es que, al menos en lo que concierne a este tópico, las posiciones de Kant y de Hegel no deberían leerse en franca oposición, sino como pertenecientes a una familia común de teorías penales retributivistas. El análisis comparativo que presento busca arrojar luz sobre ciertos aspectos estructurales de su filosofía del derecho como un todo y sobre algunas estrategias habituales en ellos en su procedimiento de justificación jurídico-filosófica. La discusión que aquí se presenta mostrará, no obstante, algunas limitaciones de ambas teorías y esbozará a grandes rasgos, a modo de solución a dichas dificultades, una lectura en la cual las concepciones filosóficas de Kant y de Hegel en torno al castigo legal son más bien consideradas como complementarias.3 51 - Some of the metrics are blocked by yourconsent settings
Item type:Publication, También explotación, pero no solo : un diálogo imprescindible y polémico entre Marx y Karl Polanyi(Universidad Panamericana. Facultad de Filosofía, 2015)Polo Blanco, JorgeEn el presente trabajo queremos explorar las líneas maestras de las principales interpretaciones que han sido conjugadas en torno a un problema decisivo, a saber, la comprensión del significado histórico del advenimiento de la sociedad industrial capitalista desde el punto de vista de las clases populares o trabajadoras. Habremos de exponer la interpretación burguesa o liberal que se ha dado de semejante proceso secular; también la interpretación marxista de sus consecuencias y, como hilo conductor y problematizador del propio trabajo, la interpretación puesta en juego por el historiador y antropólogo Karl Polanyi. Pero habremos de tener en cuenta, además, que esa diversidad de interpretaciones en torno al significado de la sociedad industrial y de mercado responde a una divergencia más profunda que refleja, en última instancia, diferentes concepciones del sentido general las sociedades humanas en su devenir histórico.22 33 - Some of the metrics are blocked by yourconsent settings
Item type:Publication, Políticas Públicas, racionalidad y razón(Universidad Panamericana. Facultad de Filosofía, 2015)Canto Sáenz, RodolfoEl trabajo sugiere la incorporación de la razón práctica en el diseño, implementación y evaluación de políticas públicas, al lado de la racionalidad instrumental. Retoma dos propuestas que hoy apuntan en esa dirección: la distinción establecida por Rawls entre razonable (razón práctica) y racional (razón instrumental) y lo que ese autor denomina el Procedimiento IC (imperativo categórico), así como el modelo de democracia deliberativa de Habermas. La conclusión principal es que el análisis de políticas públicas no puede circunscribirse a los marcos más bien estrechos de la ciencia, sino que requiere de los aportes de la filosofía política y moral.11 58 - Some of the metrics are blocked by yourconsent settings
Item type:Publication, La estructura básica rawlsiana, la fraternidad y el principio aristotélico(Universidad Panamericana. Facultad de Filosofía, 2014)Lizárraga, Fernando A.En este artículo re-examinaremos la idea rawlsiana de que la estructura básica constituye el objeto primario de la justicia, a partir de la discusión planteada por G.A. Cohen. Veremos si, en efecto, las decisiones personales pueden quedar fuera del alcance de los principios de justicia o, en otras palabras, hasta qué punto la justicia es sólo un asunto institucional. Para ensayar una respuesta –siempre provisional– al problema del objeto de la justicia convocaremos al Principio Aristotélico propuesto por Rawls. En tal sentido, diremos que, para mantener su postura ortodoxa sobre la exclusividad de la estructura básica como locus de la justicia, Rawls no sólo debería renunciar a su afirmación de que la fraternidad se expresa en el Principio de Diferencia –tal como lo demanda Cohen–, sino también a su pretensión de que la justicia como equidad sea compatible con la noción aristotélica de la justicia en tanto elusión de la pleonexia.25 56 - Some of the metrics are blocked by yourconsent settings
Item type:Publication, Función y papel del contrato en el fundamento del derecho natural de Fichte (1976) : las aporías del contractualismo fichteano(Universidad Panamericana. Facultad de Filosofía, 2014)Schwember Augier, FelipeFichte emplea profusamente diferentes versiones del contrato social a la hora de laborar su doctrina del derecho en el Fundamento del Derecho natural (1796). Este uso, que parece seguir una lógica estratégica propia del hobbesianismo, parece estar reñido con la lógica altruista empleada en la primera parte de la obra en que se deduce el concepto de derecho a partir del reconocimiento recíproco. Aquí se intentará demostrar que no existe un quiebre entre la deducción del derecho y su aplicación sistemática y que el móvil de la autoconservación y el uso del contrato son en principio compatibles con la deducción del derecho como disciplina técnico-practica realizada por Fichte. Se argüirá, empero, que el uso del contrato social como herramienta para desarrollar una doctrina material del derecho resulta problemática, no por los motivos que se supone se le debe atribuir a los agentes, sino por la brecha que dicho uso abre entre las presuposiciones metódicas de la obra y sus pretensiones normativas10 50 - Some of the metrics are blocked by yourconsent settings
Item type:Publication, Notas sobre la promesa en el pensamiento de Friedrich Nietzsche y Hannah Arendt(Universidad Panamericana. Facultad de Filosofía, 2014)Svampa, M. LucilaExisten numerosos estudios que desde el pensamiento político han abordado la noción de promesa. En Zur Genealogie der Moral, Nietzsche define a esta facultad como memoria de la voluntad; esto separa al hombre del animal e introduce una alteración en la temporalidad al suspender el olvido y disponer, quien promete, del futuro en el presente. Casi un siglo más tarde, Hannah Arendt retoma parte de esta definición en The Human Condition para caracterizar las potencialidades de la acción, siendo que la promesa puede establecer islas de certezas en un terreno de imprevisibilidad. Interesa en el presente trabajo reconstruir esta noción a partir de ambas perspectivas, explorando puntos en común y discontinuidades; para ello se pondrá en consideración la relación de la promesa con la soberanía y su impacto en la responsabilidad.20 26 - Some of the metrics are blocked by yourconsent settings
Item type:Publication, La discusión aristotélica sobre los modos de vida: El contraste entre el bíos theoretikós en Ética a Nicómaco X 7-8 y el bíos praktikós en Política VII 3(Universidad Panamericana. Facultad de Filosofía, 2013)Suñol, VivianaLa exaltación aristotélica del ideal contemplativo de vida en Ética a Nicómaco X fue muy influyente en la historia de la filosofía y sus efectos se prolongan mucho más allá del Helenismo y de la Antigüedad tardía. Sin embargo, es en Política VII 1-3 donde Aristóteles presenta la consideración más detallada de los géneros de vida y, en particular, la oposición entre la política y la filosófica. El propósito de este trabajo es reconsiderar el elogio de la vida contemplativa del final de la EN y recuperar el significado político que el proemio ético que antecede al diseño de la pólis ideal tiene en esta discusión, con vistas a mostrar la correspondencia que existe entre la redefinición de práxis en Pol. VII 3 y la jerarquía de la felicidad en ENX 7-820 47 - Some of the metrics are blocked by yourconsent settings
Item type:Publication, Las relaciones ente política y religión en el platonismo farabiano(Universidad Panamericana, Facultad de Filosofía, 2003); ;Fernández Aragón, MaríaLUIS XAVIER LOPEZ FARJEAT;25218Los autores presentan algunas observaciones sobre la recepción de Al-Farabi y el entendimiento de los Diálogos platónicos, especialmente de acuerdo con “La Filosofía de Platón”. En este tratado, Al-Farabi trata de mostrar cómo se suponía que la política fuera el leitmotiv de los escritos de Platón. Él discute también las relaciones argumentativas y cognitivas que existen entre la ciencia política, la filosofía y la religión. Dado que el estadista se ocupa de funciones pedagógicas, se le insta en poseer algunas habilidades discursivas –además del conocimiento especulativo de los primeros principios– para incitar a la multitud a actuar.8 214
