Estudio sobre la clasificación de las deducciones en estructurales, a la luz del régimen cedular de las personas físicas de la Ley del Impuesto sobre la Renta en México
En la obra cita se analiza la Tesis de Jurisprudencia 2ª./J. 25/2017, mediante la cual la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, afirma que la Clasificación sobre Deducciones Estructurales y No Estructurales, resulta aplicable no sólo al régimen general de personales morales, sino también para el régimen general de personas físicas para el impuesto sobre la renta. Ello por considerar que, la clasificación parte de un análisis general de las erogaciones, en las cuales incurren tanto personas físicas como morales; así como porque dicha clasificación se ocupa del impuesto sobre la renta, al cual contribuyen tanto personas físicas como personas morales. Al respecto, se reflexiona sobre ‘Clasificación sobre Deducciones Estructurales y No Estructurales’ y se afirma que sí resulta aplicable al régimen de personas físicas, puesto que obedece al análisis aislado sobre la naturaleza de la erogación, es decir, sobre si esta se vincula o no con la obtención de ingresos, resultándole inmaterial quién la incurra, sino su propósito. Sin embargo, contrario a lo sostenido en la Tesis, se considera que la limitante global de las deducciones personales transgrede el Derecho Humano al Mínimo Vital (como manifestación del Principio de Proporcionalidad Tributaria), dado que no existen razonamientos que justifiquen el importe al que se limitó ni se advierten las medidas que aparentemente tomó el Estado para resarcir a los contribuyentes a quienes se les confinó un derecho que tienen legítimamente tutelado, tanto en la Constitución, como en los Tratados Internacionales que sobre Derechos Humanos a suscrito México
Pensado García, E. C. (2017). Estudio sobre la clasificación de las deducciones en estructurales, a la luz del régimen cedular de las personas físicas de la Ley del Impuesto sobre la Renta en México. (Tesis de maestría). Facultad de Derecho. Universidad Panamericana.