En el presente trabajo —elaborado con un propósito específico— no se tematizará expresamente la doctrina dworkiniana en ese punto y, menos aún, se intentará un tratamiento de su extensa y compleja teoría jurídica y de los debates que se han suscitado en torno a ella. Otros autores lo han realizado con solvencia, y a ellos corresponde remitirse. Aquí sólo se estudiarán puntualmente algunas de las críticas formuladas a esa afirmación por el iusfilósofo australiano John Finnis, analizando su alcance y valorando sus virtualidades, para pasar luego a esbozar las líneas básicas de una respuesta personal. En rigor, la pregunta a la que se pretenderá dar respuesta en este ensayo puede ser formulada del siguiente modo: ¿es acertada la crítica dirigida por John Finnis a la doctrina dworkiniana de la posibilidad de una única respuesta correcta?; más específicamente: ¿desde la perspectiva de la “tradición central de occidente” en la que se inserta Finnis, existe o no la posibilidad de una única respuesta correcta en el ámbito del conocimiento práctico?; en definitiva: ¿cuál es, en último análisis, la respuesta adecuada a esta cuestión planteada tan acuciantemente en nuestros días por Ronald Dworkin?.