Inconstitucionalidad del artículo 57, fracción I, inciso b) de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. Análisis de opinión de la jurisprudencia 113/2022 de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
Date Issued
2023
Author(s)
Hernández Mosti, Paola
Type
Resource Types::text::thesis::master thesis
Abstract
El presente trabajo se centra en el estudio y análisis de la jurisprudencia 113/2022 emitida por la SCJN. La cual, a consideración de quien realiza el presente estudio, resulta errónea, ya que la determinación de constitucionalidad del artículo 57, fracción I, inciso b) de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, implica una interpretación superficial del sistema de nulidades de los actos administrativos y el principio de interés general frente al derecho humano a la inviolabilidad del domicilio y los principios de certeza y seguridad jurídica.
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Acceso Abierto
How to cite
Hernández Mosti, P. (2023). Inconstitucionalidad del artículo 57, fracción I, inciso b) de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. Análisis de opinión de la jurisprudencia 113/2022 de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. (Tesis de maestría), Universidad Panamericana.
Table of contents
Introducción -- I. La jurisprudencia 113/2022, su aprobación y resolución por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. -- II. La nulidad lisa y llana de los actos administrativos a partir de la declaración de vicios formales. -- III. El interés general como finalidad del acto administrativo y su relevancia en materia tributaria.-- IV. Los principios de certeza y seguridad jurídica como principios rectores de las visitas domiciliaras. -- V. La sujeción del estudio de constitucionalidad de las disposiciones normativas a los medios de impugnación ante las instancias jurisdiccionales. -- VI. Estudio de la disposición reclamada a partir del test de proporcionalidad. -- VII. El principio de buena fe y la jurisprudencia de la SCJN como incentivo perverso para la autoridad administrativa. -- VIII. Conclusión
