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Item type:Publication, ¿Son los pueblos indígenas comunidades políticas legítimas? Una reflexión desde la filosofía política contemporánea frente a la propuesta de reforma constitucional de 2024(Universidad Panamericana, 2025-03-07); Camacho-Beltrán, EnriqueSe aborda la manera en que la definición del término “pueblo indígena” presenta una ambigüedad llamativa y eso genera diversas implicaciones políticas, jurídicas y culturales a lo largo de todo el territorio mexicano. Desde ahí se puede hacer difícil garantizar los derechos humanos de los pueblos concretos, en especial el derecho a la autonomía y la autodeterminación. Por ello, a partir de pensadores que han reflexionado sobre nuestro país, tanto como otros autores de tradición comunitarista o liberal, este texto explora el desafío que implica fundamentar suficientemente el reconocimiento jurídico a las comunidades, entidades políticas legítimas que poseen derechos específicos. En ese sentido, el objetivo principal del artículo es contribuir a esclarecer el concepto de pueblo indígena dentro de un debate filosófico contemporáneo, promoviendo una justicia intercultural que garantice los derechos de los pueblos originarios en México. - Some of the metrics are blocked by yourconsent settings
Item type:Publication, Sentido y límites del proyecto fichteano de un estado comercial cerrado(Universidad Panamericana. Facultad de Filosofía, 2017)Arrese Igor, Héctor OscarProyecto desarrollado por Fichte en El Estado comercial cerrado. Para alcanzar dichos objetivos, en primer lugar identifico los problemas que son dejados abiertos en el derecho cosmopolita en el Fundamento del derecho natural, en particular en virtud del supuesto del egoísmo universal. De este modo, procuro comprender el proyecto de El Estado comercial cerrado como un intento de resolver estos problemas pendientes. Luego apunto a reconstruir los argumentos centrales del último texto, a fin de echar luz sobre su arquitectura, de acuerdo con sus objetivos primordiales. Finalmente, considero el problema de la viabilidad de este proyecto, tomando en cuenta la falta de una educación moral de los ciudadanos en torno de ciertas disposiciones morales y psicológicas, que deberían reducir la codicia por bienes superfluos.3 31 - Some of the metrics are blocked by yourconsent settings
Item type:Publication, Justicia y propiedad según Thomas Reid(Universidad Panamericana. Facultad de Filosofía, 2009)Hernández Prado, JoséEste artículo propone que, de acuerdo con el escocés Thomas Reid (1710-1796), la justicia debe ser entendida como una virtud moral de carácter natural entre los seres humanos, o bien como una cuestión de especie con respecto a ellos, y no como una virtud de tipo artificial o convencional, a manera de una creación de sus colectividades sociales y acaso como cuestión de sociabilidad entre dichos seres humanos. Sin embargo, propone también que en sus reflexiones sobre la justicia, Reid suscribiría una concepción objetable de la noción de propiedad, en cuanto patrimonio de riqueza básicamente repartible o distribuible, pero no de bienes que ante todo se generan o producen, como llegaron a plantearlo sus contemporáneos David Hume y Adam Smith.30 27 - Some of the metrics are blocked by yourconsent settings
Item type:Publication, ¿Hay una teoría normativa de la justicia en Marx?(Universidad Panamericana. Facultad de Filosofía, 2016)Curcó Cobos, FelipeLa obra de Marx ha suscitado una añeja polémica entre sus estudiosos. Algunos han mantenido que el lenguaje desarrollado en ella es estrictamente explicativo. Dicho lenguaje expresaría ante todo un saber científico expurgado de todo contenido moral (sobre la estructura del capital, las fuerzas que causan la dinámica social y las leyes que la rigen). En el otro extremo, en cambio, otros han argüido que en Marx hallamos más bien un lenguaje ético orientado a denunciar los crímenes y miserias de una determinada formación social con el n de oponerle otra. En este artículo defiendo la idea de que en la obra de Marx hay elementos tanto para afirmar una cosa como la otra. Sin embargo, argumento que la actualidad del pensamiento marxista reside esencialmente en los elementos éticos y normativos que configuran la dimensión moral de su planteamiento.4 30 - Some of the metrics are blocked by yourconsent settings
Item type:Publication, Fernando de Roa y la recepción de la filosofía práctica de Aristóteles(Universidad Panamericana. Facultad de Filosofía, 2019)Contreras Aguirre, SebastiánEn este trabajo se expone la manera como Fernando de Roa, catedrático salmantino del siglo xv, recibe la filosofía práctica de Aristóteles. El artículo desarrolla la explicación roense de tres de los tópicos principales de la ética y política clásica: la justicia como virtud social, la servidumbre natural y la felicidad como fin del hombre. Roa, en sus repeticiones, así como en sus comentarios a la Política, se centra en estos problemas y los aborda con un aristotelismo renovado y moderno, que tiene como base las ideas de Pedro de Osma y de los grandes pensadores medievales.3 32 - Some of the metrics are blocked by yourconsent settings
Item type:Publication, Libro: Bilbeny, Norbert. Justicia compasiva. La justicia como cuidado de la existencia(Universidad Panamericana, Instituto de Humanidades, 2022-07); Universidad Panamericana. Campus Aguascalientes. Instituto de HumanidadesA partir la divisa “nosotros existimos”, el catalán Norbert Bilbeny, catedrático de ética en la Universidad de Barcelona, realiza una argumentación en torno al cuidado de la existencia como postulado moral. En el camino, el autor aborda temáticas ampliamente vigentes, e incluso novedosas, como la revisión del concepto de justicia y el modo en que esta virtud nos obliga no sólo con las personas, sino también con los animales e, incluso, las cosas.10 163 - Some of the metrics are blocked by yourconsent settings
Item type:Publication, Recientes intentos de legalizar la violencia a la conciencia : la objeción de conciencia como baluarte de la justicia.(Universidad Panamericana, 2018) ;Sartea, ClaudioCampus Ciudad de MéxicoDe forma oculta o disfrazada, en muchos ordenamientos que se proclaman liberales asistimos hoy en día a una silenciosa forma de violencia hacia las conciencias individuales. Se trata de la oposición a la objeción de conciencia, sobre todo en materia de derecho a la salud, que se manifiesta en restricciones – actuadas o pretendidas – al derecho de objeción de conciencia del personal sanitario (derecho que, por ejemplo, en Italia muchos ginecólogos ejercen en tema de interrupción voluntaria del embarazo). Lo que llama más la atención es que se pretende brindar dignidad legal a dicha oposición, configurando la relación clínica en términos de un conflicto entre el derecho del paciente a que se haga todo lo que legalmente pueda requerir, y la libre actuación en ciencia y conciencia del profesional. Así presentada la relación clínica, no cabe duda acerca de cuál derecho deba recibir prioridad, y por este sendero se llega a postergar o incluso a cancelar la libertad de conciencia y de actuación profesional del médico. En realidad, como intentaré mostrar en mi comunicación, este modelo discriminatorio y sutilmente violento no es el único posible para configurar la relación profesional desde la perspectiva de la justicia, y justamente por eso el derecho está llamado a actuar una vez más como método de no violencia y no discriminación, poniendo a salvo la verdad de la relación clínica, la verdad de la profesión, y en último término también la verdad de los derechos individuales. ©2018, Universidad Panamericana, Facultad de Derecho.27 148 - Some of the metrics are blocked by yourconsent settings
Item type:Publication, Perspectivas entre las relaciones de justicia, Estado y persona(Universidad Panamericana. Facultad de Derecho, 2005)MARCOS FRANCISCO DEL ROSARIO RODRIGUEZ;339522La relación que guarda el Estado, la persona y la justicia es tan convergente y distinta, que es muy difícil apreciar y definir en sí cómo se entrelazan; más no significa esto que no se puede advertir qué orden de relación deba prevalecer entre ellos. Aristóteles señalaba que es parte de la naturaleza del ser que exista: “una unión entre los que por naturaleza deben respectivamente mandar y obedecer”, y por otro lado, advierte a esa unión como parte de la participación común, es decir, la tendencia natural del hombre a vivir en comunidad, es por eso que en la obra de La Política, precisa: “(…) el que sea incapaz de entrar en esta participación común, o que, a causa de su propia suficiencia no necesite de ella, no es más parte de la ciudad, sino que es una bestia o un dios”. Este postulado se ha venido ejerciendo como principio rector, para interpretar y conocer la naturaleza de la sociedad.31 125 - Some of the metrics are blocked by yourconsent settings
Item type:Publication, Ius oritur ex facto : la realidad y la configuración de lo justo(Universidad Panamericana. Facultad de Derecho, 2005); PEDRO DE JESUS PALLARES YABUR;202289¿Qué criterios seguimos para determinar la injusticia de una violación a los derechos humanos? ¿El poder de reclamar al Estado ciertas conductas de su parte? ¿El hecho de que esté normado en una ley? O, ¿a cuántos puntos porcentuales equivale un interés bancario justo? ¿Por qué es justo hacer un paso a desnivel para desahogar un nudo vehicular? Bartolo de Sassoferrato gustaba repetir el viejo adagio latino: Ius oritur ex facto. El ius —lo que se da en justicia— surge, nace, se origina de la realidad. Así pues, si queremos explicar cómo se configura lo justo hemos de ver cómo es la realidad, pues es desde ella de donde se origina el hecho de dar a otros ciertos bienes, qué tanto debe darse, por qué hacerlo o qué darle. En definitiva, ¿qué hay en la realidad que deba tomarse en cuenta para configurar lo justo?, ¿cómo es que ciertas cosas deban darse, y hasta cierta medida?, ¿cómo es la situación humana que hace referencia a los bienes de otros? A continuación, expondremos los elementos que configuran lo justo, ya sea porque: i) forman parte de la esfera de experiencia práctica sobre los bienes de los demás; ii) porque son la cosa del otro que se debe de dar; iii) porque determinan la medida de la cosa del otro; o, iv) porque es el fundamento o motivo para darlo.43 232 - Some of the metrics are blocked by yourconsent settings
Item type:Publication, La Iurisprudentia y su autonomía : la naturaleza de las cosas y la fundamentación de la justicia en la metafísica(Universidad Panamericana. Facultad de Derecho, 2005) ;Castañeda Granados, Daniel HoracioDANIEL HORACIO CASTAÑEDA GRANADOS;2016025 104
