Derecho
Permanent URI for this communityhttps://scripta.up.edu.mx/handle/20.500.12552/5000
Browse
2 results
Search Results
Now showing 1 - 2 of 2
- Some of the metrics are blocked by yourconsent settings
Item type:Publication, La garantía del debido proceso en el sistema penal acusatorio y el juicio de amparo : ¿doble tutela eficaz?(2020) ;Borges Aranda, Froylán ;Acuña, Juan ManuelCampus Ciudad de MéxicoLos jueces del Sistema Penal Acusatorio son también jueces constitucionales como los de Amparo: controlan el parámetro de la regularidad normativa que reconoce la Suprema Corte de Justicia de la Nación. El juez de control, el tribunal de apelación, el juez de distrito y el tribunal colegiado de circuito, comparten características comunes y convergen funciones en la garantía de los derechos humanos o fundamentales, para la tutela eficaz del debido proceso penal. Por tanto, es fundamental el diálogo entre jueces, a través de los principios procesales penales y se propone la creación de tres nuevos principios del Juicio de Amparo, para la articulación y autocontención de ambos sistemas: Principio de Deferencia Judicial, Principio de Proporcionalidad de la Judicatura y Principio de Mínima Intervención del Amparo en el Sistema Penal Acusatorio.17 122 - Some of the metrics are blocked by yourconsent settings
Item type:Publication, El desahogo de la audiencia inicial por diferentes jueces de control como excepción al principio de inmediación cuando el imputado se acoge al plazo constitucional(2020) ;Franco González, Michele ;Franck Galindo, Karla YolandaCampus Ciudad de MéxicoEl principio de inmediación, exige la necesidad de garantizar la secuencia continua de las fases que componen el juicio para proteger los derechos de las partes, que implica que el juzgador y los intervinientes, estén presentes durante todo su desarrollo, y que no existan intermediarios para que el Juez tenga contacto directo e inmediato con ellos y con la prueba misma, con el objeto de formar su propia convicción y emitir su fallo con pleno conocimiento de los hechos de la causa. En ese sentido, el hecho de que la audiencia inicial sea presidida por jueces de control distintos, no implica que se vulnere el mencionado principio. Se afirma lo anterior, pues los juzgadores que presidieron sus etapas, estuvieron presentes en dichas diligencias en su integridad, apreciaron personalmente la información que las partes aportaron en cada una, quedando registrado en las videograbaciones respectivas, a través de las cuales, se pueden advertir elementos de lo controvertido e introducido al procedimiento por las partes, por lo que ningún menoscabo existió a la calidad y veracidad de la información.34 177
