Tópicos. Revista de Filosofía

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    Item type:Publication,
    Disputas definicionales y lenguaje normativo: Cómo discutir acerca de “derechos humanos”
    (Universidad Panamericana. Facultad de Filosofía, 2018)
    García Gibson, Francisco
    Las disputas definicionales sobre términos normativos son frecuentes. ¿Vale la pena disputar sobre meras palabras? Sostengo que ganar una disputa definicional tiene efectos prácticos importantes. Imponer una definición particular de un término normativo sobre otros hablantes puede causar en ellos ciertas emociones deseables, o puede influir sobre su interpretación de aquellas reglas jurídicas o morales cuya formulación incluye el término disputado. Luego describo dos modalidades retóricas mediante las cuales los disputantes pueden proponer su definición preferida: una modalidad que presenta la propuesta como si fuera una descripción de un hecho sobre la comunidad lingüística y otra modalidad que presenta la propuesta como una prescripción lingüística. Muestro que debe adoptarse el segundo modo, porque (entre otras razones) es más transparente con respecto a las razones por las cuales disputamos sobre palabras. El trabajo ilustra el punto con el caso de la disputa sobre el término “derechos humanos”.
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    Conservative libertarianism and ethics of borders
    (Universidad Panamericana. Facultad de Filosofía, 2015)
    Enrique Camacho
    ;
    LUIS ENRIQUE CAMACHO BELTRAN;42744
    Muchos conservadores defienden fronteras cerradas basadas en derechos básicos de asociación. Algunos conservadores son también defensores del principio libertario de legitimidad. No es claro sin embargo que este tipo de defensa de las fronteras cerradas sea coherente con los ideales libertarios. Aquí argumento que los conservadores libertarios de este tipo deben rechazar esa clase de defensa de las fronteras cerradas porque o bien colapsa en algún tipo de estatismo incoherente con el principio libertario de legitimidad o bien colapsa en un precepto ideal que no tiene ningún atractivo con respecto de la realidad aquí y ahora y que podría ser aplicado solo transformando la naturaleza de las sociedades que conocemos. Como resultado los libertarios deben buscar formas de justificación alternativas para las fronteras cerradas.
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    La jurisprudencia como instrumento cultural en el siglo XVI
    (Universidad Panamericana. Facultad de Filosofía, 2008)
    Hernández Franco, Juan Abelardo
    ;
    JUAN ABELARDO HERNANDEZ FRANCO;123560
    La jurisprudencia fue un factor importante por medio del cual se introduce en la cultura novohispana el sincretismo entre la visión de los universales de Duns Scoto y la interpretación de Aristóteles realizada por los posglosadores. Ambos factores desembocan en la moderna concepción de los derechos entendidos como categorías sustanciales en cada persona. Tomando en cuenta estos elementos fue posible la concepción de los derechos de los indios mexicanos frente a los derechos de los españoles. En la tradición del derecho romano, los derechos ( ius ) aparecen, no como categorías sustanciales, sino como prerrogativas o posiciones derivadas de una circunstancia externa a las personas.
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    Derecho natural y derechos humanos : síntesis práctica y complementariedad teórica
    (Universidad Panamericana. Facultad de Filosofía, 1998)
    González, Ana Marta, 1969-
    La idea moderna de derechos humanos y el concepto clásico de ley natural no son equivalentes. Ciertamente comparten la idea de que no toda ley es convencional. Pero más allá de esto, la noción clásica de ley natural es definida claramente en el marco de las virtudes y, consecuentemente, tiene una orientación más práctica y está atada más de cerca a la historia; la noción de derechos humanos, que han heredado las teorías modernas de los derechos naturales, conduce a la subjetivación del concepto de derecho y tiende a separar al ser humano de su contexto histórico y político, donde los eventos se llevan a cabo. En ese sentido, el concepto clave asociado con los derechos humanos es aquel de “dignidad”. Dado que las dos ideas tienen diferentes puntos de partida y son diferentes en su estatuto epistemológico, no hay, estrictamente hablando, fundamento alguno para imaginar una síntesis de las dos teorías. En el plano teórico sólo podemos hablar de su complementariedad. La síntesis es algo que sólo surgirá en la práctica.
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    Ética discursiva y derechos humanos : de la ilustración a las sociedades multiculturales
    (Universidad Panamericana, Facultad de Filosofía, 1998)
    ;
    LUIS XAVIER LOPEZ FARJEAT;25218
    El autor trata de explicar la influencia del Aufklarung en las sociedades multiculurales. Explora las éticas alternativas en las estructuras sociales modernas y busca una respuesta pragmática para sostener los derechos humanos. Posteriormente, elabora una discusión breve en este sentido
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    Los derechos humanos en la filosofía analítica : Ronald Dworkin
    (Universidad Panamericana. Facultad de Filosofía, 1998)
    Beuchot, Mauricio
    Este artículo atiende la manera en que Ronald Dworkin –como H. L. A. Hart y John Rawls, a quienes él sigue– enuncia el fundamento de los derechos humanos. Cierta presencia de iusnaturalismo en ese fundamento es señalado por Dworkin, Hart y Rawls y ellos buscan cuáles serían los derechos naturales del hombre (uno de ellos dice que sería la libertad y los otros dos dicen que sería la igualdad), i.e., ellos son derechos que no pueden depender de un contrato social porque ellos son primeros para estos y son presupuestos; debido a esto, ellos no pueden depender de la sola positivación. Hay, entonces, un iusnaturalismo escondido o latente en el fundamento de los derechos humanos como derechos morales.
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    Derechos humanos y virtudes fundamentales
    (Universidad Panamericana. Facultad de Filosofía, 1998)
    CARLOS LLANO CIFUENTES;21532
    Al establecer los derechos humanos dentro de un constitucionalismo democrático en vez de hacerlo en la verdad de la persona, los legalismos entran en un círculo infinito. Entonces, es necesario asentarlos en un fundamento pre-legal, previo a toda deliberación que incluya las virtudes clásicas de la coexistencia humana que hacen posible cualquier proceso democrático. Aunque este documento se centra básicamente en la justicia, el éxito, el coraje y la templanza como los goznes de toda virtud, también se refiere al valor del compañerismo, la simplicidad, la austeridad, la lealtad y la confianza hacia otros. Pero todo este marco axiológico nos obliga naturalmente a mirar hacia la familia, donde todos estos derechos se desarrollaron.
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    Human rights an human nature
    (Universidad Panamericana. Facultad de Filosofía, 1995)
    Possenti, Vittorio
    Parece que hay dos diferentes versiones de los derechos humanos en la tradición occidental: a saber, la racionalista y la cristiana; la primera adoptada por la revolución francesa, la última altamente desarrollada en el renacimiento español. Actuales críticas relativistas tratan de negar la universalidad de los derechos humanos alegando que es una teoría que ha sido creada por países occidentales o que no tiene una justificación fuerte, y que por tanto no puede tener un alcance universal; pero esta objeción puede ser descartada con una justificación alternativa de los derechos humanos.
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    La fundamentación filosófica de los derechos humanos en Jacques Maritain
    (Universidad Panamericana. Facultad de Filosofía, 1993)
    Beuchot, Mauricio
    El autor muestra cómo la relación entre los derechos naturales y los derechos humanos tiene algunos argumentos con una idea de derechos humanos en la filosofía tomista, de acuerdo con el punto de vista de Maritain.
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