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    Recepción y apropiación de la filosofía práctica aristotélica en la Filosofía del derecho de Hegel
    (2017) ;
    EDUARDO OSCAR CHARPENEL ELORDUY;232715
    En el presente artículo se examina la relación de la Filosofía del derecho de Hegel con la filosofía práctica aristotélica. Con ello se pretende mostrar, por una parte, que algunas de las tesis y motivos centrales de la filosofía del derecho hegeliana se entienden de mejor forma trayendo a primer plano ciertos planteamientos aristotélicos y, por otro lado, que dichos planteamientos son objeto de una reinterpretación y reelaboración por parte de Hegel ante ciertas exigencias históricas y filosóficas del contexto moderno. En particular, se examina la relación entre estos dos autores atendiendo a dos puntos concretos: la metodología holística de una filosofía práctica -entendida de modo amplio- y la teoría de la motivación ética.
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    Derecho y sanciĂłn. La nociĂłn de castigo jurĂ­dico en Kant y en Hegel
    (Universidad Panamericana. Facultad de FilosofĂ­a, 2018)
    En este artículo realizo una comparación de las teorías del castigo legal en la filosofía del derecho de Kant y de Hegel. La tesis que busco defender es que, al menos en lo que concierne a este tópico, las posiciones de Kant y de Hegel no deberían leerse en franca oposición, sino como pertenecientes a una familia común de teorías penales retributivistas. El análisis comparativo que presento busca arrojar luz sobre ciertos aspectos estructurales de su filosofía del derecho como un todo y sobre algunas estrategias habituales en ellos en su procedimiento de justificación jurídico-filosófica. La discusión que aquí se presenta mostrará, no obstante, algunas limitaciones de ambas teorías y esbozará a grandes rasgos, a modo de solución a dichas dificultades, una lectura en la cual las concepciones filosóficas de Kant y de Hegel en torno al castigo legal son más bien consideradas como complementarias.
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    La inquietud del yo ilustrado. El alcance de la acciĂłn humana en Spinoza
    (Universidad Panamericana, 2024)
    My aim in this paper is to examine some of the distinctive facets of human action in Spinoza’s philosophy and show their intrinsic connection with each other. By analyzing in detail how Spinoza addresses different aspects of human action in his main work, the Ethics, it is possible to notice that for him free human agency implies two interrelated features: on the one hand, the adequate knowledge of the causes that determine it, and, on the other hand, a growing capacity to impact with greater power the scenarios in which it takes place. Thus, in contrast with quietist and passive readings, I show in the following that the two aforementioned characteristics are part of the Spinozian philosophical conception of agency as such. By pursuing this line of thought, it is also possible to establish a link—not always noticed in the secondary literature—with some of the central lines of thought contained in the Theological-Political Treatise. In discussing these theses, I advance the idea that the Spinozian conception of human agency involves a serious readjustment of the metaphysical vision of the agent, a change in her conduct and ethical practices, and an altogether different conception of politics and religion.
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    El republicanismo kantiano y la normatividad legal
    En este artículo defiendo la postura según la cual el republicanismo -en comparación con otras nociones o motivos centrales- no se ha interpretado como uno de los rasgos que caracteriza a la filosofía jurídica y política de Kant como un todo. Una posible razón es que el republicanismo kantiano no ha ocupado un lugar destacado dentro de las narrativas republicanas, ya sea históricas o sistemáticas, que son más dominantes en las discusiones contemporáneas. A mi parecer, esto es así porque hay características innovadoras en la empresa republicana kantiana que se encuentran en tensión con otros proyectos republicanos de otra índole. Aquí discuto algunos de los rasgos distintivos del proyecto de Kant en lo que atañe a concepciones suyas sobre el estado de derecho, la ciudadanía, la autoridad política, la libertad de expresión y el derecho internacional, con el fin de señalar que estas son parte integral de una teoría política y legal que todavía es atractiva y sugerente. ©2020 Universidad del Norte. All rights reserved.
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    Javier Espino Martín, Giuditta Cavalletti (eds.) (2017). Recepción y modernidad en el siglo XVIII. La antigüedad clásica en la configuración del pensamiento ilustrado. México: Centro de Estudios Clásicos, Instituto de Investigaciones Filológicas, UNAM
    Es bien sabido que hay distintas formas de abordar a los clásicos. La forma más decimonónica es la de revisar escrupulosamente su lenguaje y sus textos y estudiarlos de una manera que, en términos generales, bien puede llamarse inmanente. Dentro de la misma tesitura, una aproximación preponderantemente inmanente –aunque con tintes sistemáticos– puede ser también aquella que no sólo busca documentar la coherencia o evolución de una obra, sino que, al menos en el caso de los filósofos, pretende dirimir si los argumentos y las teorías propuestas por un pensador son verdaderas, si son conceptualmente sólidas, si pueden ser hoy todavía sostenidas, etcétera. En alguna medida u otra, no obstante, estos estudios que he denominado inmanentes están generalmente mejor logrados cuando no ignoran o no están completamente cerrados a lo externo, es decir, cuando no desvinculan a las obras del contexto de su producción, del ambiente histórico, artístico, sociopolítico, religioso, etcétera que las vio nacer, y, para el caso que nos ocupa, que no soslayan la manera en que han sido interpretadas o recibidas a lo largo del tiempo. En suma, para decirlo con Gadamer, cuando no ignoramos su Wirkungsgeschichte , esto es, la historia de sus efectos. ©2019 Tópicos, Universidad Panamericana
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    Origen y desarrollo de la concepciĂłn del derecho de gentes en Kant. Reflexiones en torno a la Vorlesung Naturrecht Feyerabend y a los Elementa Iuris Naturae de Gottfried Achenwall
    Mi objetivo en este artículo es examinar la génesis y el desarrollo de la noción de derecho de gentes (ius gentium) en el pensamiento de Kant. Para este propósito, reconstruyo, en un primer momento, las líneas principales del pensamiento de Gottfried Achenwall en su obra Elementa Iuris Naturae. En un segundo paso, analizo la Lección de derecho natural (Feyerabend) de 1784 en la cual Kant – sin todavía contar con su propia teoría legal de madurez– expone pero también discute de manera sumamente crítica varias de las tesis de Achenwall concernientes al ius belli. Lo que pretendo con esto es mostrar en la última parte del presente artículo que muchas de las ideas de Kant en sus trabajos maduros de filosofía político-jurídica de la década de 1790 pueden rastrearse a la lección que dictó con base en el tratado de Achenwall, y que bajo esta perspectiva dichas ideas pueden ser comprendidas de mucho mejor manera. Por último, subrayo que las continuidades y las rupturas entre Achenwall y Kant revelan un profundo vínculo entre los dos autores susceptible de seguir siendo explorado. © 2020 CSIC Consejo Superior de Investigaciones Cientificas. All rights reserved.
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    ÂżVirtud o deber? Algunas consideraciones hegelianas sobre una aparente disyunciĂłn
    El presente artículo explora la discusión y apropiación que hace Hegel de Aristóteles y Kant dentro de su obra los Principios de la filosofía del derecho. En la interpretación que busco defender, sostengo que Hegel tiene razones sistemáticas relevantes para abogar por un punto de vista en el cual ni la virtud ni el deber tienen, en cuanto categorías éticas, un estatuto jerárquico superior a su contraparte dentro de la filosofía práctica. Con ello, pretendo mostrar que Hegel nos proporciona elementos importantes para pensar que la ética de la virtud y la ética deontológica no tienen que ser necesariamente concebidas como si se opusieran la una a la otra.
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